Requisitos para el Trámite de Divorcio con Culpa
Nuestra nueva legislación ha establecido el divorcio unilateral, esto es, que uno de los cónyuges intente la acción de divorcio sin el acuerdo o consentimiento del otro.
Para esto la Ley de Matrimonio Civil ha regulado 2 tipos de divorcio unilateral, el primero llamado divorcio con “culpa”, y el segundo divorcio unilateral propiamente tal.
Para que uno de los cónyuges pueda demandar la declaración judicial del divorcio por “culpa” se necesitan los siguientes requisitos:
1.- Falta imputable al otro cónyuge.
2.- Que la falta constituya una violación grave: a) de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio a los cónyuges, o, b) de los deberes y obligaciones para con los hijos.
3.- Que la falta torne intolerable la vida en común.
A su vez y para que uno de os cónyuges pueda demandar la declaración judicial de divorcio “sin culpa”, cuando se verifique un cese efectivo de a convivencia conyugal durante el transcurso de a lo menos tres años.