El divorcio es la disolución legal de su matrimonio. Una vez declarado el divorcio ya no se encuentra casado/a legalmente a su esposo o esposa. Es un importante paso en su vida pero que muchos otros ya han tomado. A su vez, existen una serie de derechos y obligaciones que terminan con dicha declaración, sin embargo existen una serie de otros derechos y obligaciones que podrían nacer con el mismo como por ejemplo la obligación para pagar alimentos, compensaciones visitas u otros.
En caso de no querer el divorcio, la Ley de Matrimonio Civil ha creado el estado de SEPARADO/A, que consiste en el cese de la convivencia en común regulando los aspectos personales y patrimoniales entre los cónyuges y entre éstos y los hijos, sin terminar con el vínculo matrimonial.
¿La madre de mis hijos no me deja verlos no obstante haber sido decretadas las visitas. ¿Qué puedo hacer?
Debe dejar constancia detal situación en la comisaría mas cercana al domicilio de los menores y poner en conocimiento del tribunal de la familia pertinente tal situación, a objeto de que el juez inste a la madre a que entregue a los menores según el régimen decretado.
He sido demandado de alimentos o he demandado de alimentos a mi cónyuge. ¿Me sirve esta demanda en el juicio de divorcio?
Este tipo de actuaciones previas son de gran utilidad en el juicio de divorcio para ambas partes. Por ejemplo para el demandante es importante probar el cese de la convivencia y una de las formas es la demanda anterior de alimentos, visitas, tuición u otras actuaciones judiciales previas. A su vez la demandada podrá impedir la acción de divorcio si demuestra que el demandante no está al día en el pago de las pensiones alimenticias.
Es el llamamiento de las partes y ante el juez de familia que tiene por objeto convenir las bases de acuerdo en lo relativo a los diversos temas que se ventilan en el divorcio.(alimentos, visitas, etc.)