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Abogados especialistas en el nuevo derecho matrimonial chileno.

El quiebre en la relación de pareja provoca traumas y genera conflictos muchos de los cuales usted no puede solucionar.


Deje en manos de expertos la solución de los problemas legales  que ha generado su ruptura matrimonial, con especialistas con vasta  experiencia en los nuevos procedimientos regulados por la nueva Ley de Matrimonio Civil, quienes atenderán su caso con la discreción, sensibilidad y celo profesional propio de este tipo de trances.
¿Qué es el divorcio y la separacion ?

El divorcio es la disolución legal de su matrimonio. Una vez declarado el divorcio ya no se encuentra  casado/a legalmente a su esposo o esposa. Es un importante paso en su vida pero que muchos otros ya han tomado. A su vez, existen una serie de derechos y obligaciones que terminan con dicha declaración, sin embargo existen una serie de otros derechos y obligaciones que podrían nacer con el mismo como por ejemplo la obligación para pagar alimentos, compensaciones visitas u otros.

La separación por otro lado, es la institución reglada por la Ley de Matrimonio Civil que permite el término de la vida en común por parte de los cónyuges sin poner término al matrimonio y pudiendo fijarse en dicho procedimiento lo relativo a las relaciones personales y  pecuniarias entre los cónyuges y entre éstos y los hijos.

¿Qué diferencia existe entre el actual divorcio y la antigua nulidad de matrimonio?

La nulidad de matrimonio tal como se implemento hasta antes de la promulgación de la actual Ley de Matrimonio Civil, se basaba en un resquicio legal a través del cual quedaban en el aire muchos aspectos propios del matrimonio que debían normalizarse externamente por las partes. El divorcio tal como se ha regulado en nuestra legislación ha introducido una serie de normas que pueden ser vistas ante el juez de familia, como es el caso de las compensaciones, liquidación del régimen de sociedad conyugal, relación con los hijos etc.

Estoy de acuerdo con mi cónyuge  para divorciarme ¿tenemos los requisitos necesarios para hacerlo?

Esto depende. Nuestra Ley de Matrimonio Civil ha introducido la posibilidad de que los cónyuges se divorcien de mutuo acuerdo cumpliendo los siguientes requisitos:
1.- Que acrediten que ha cesado su convivencia por el plazo mayor de 1 año.
2.- Plazo no interrumpido por la reanudación de a vida en común.

No logro obtener el acuerdo de mi cónyuge para divorciarme no obstante estar separado/a de hecho. ¿Puedo intentar la acción de divorcio?

Nuestra nueva legislación ha establecido el divorcio unilateral, esto es, que uno de los cónyuges intente la acción de divorcio sin el acuerdo  o consentimiento del otro.
Para esto la Ley de Matrimonio Civil ha regulado 2 tipos de divorcio unilateral, el primero llamado divorcio con “culpa”, y el segundo divorcio unilateral propiamente tal.

Para que uno de los cónyuges pueda demandar la declaración judicial del divorcio por “culpa” se necesitan los siguientes requisitos:
1.- Falta imputable al otro cónyuge.
2.- Que la falta constituya una violación grave: a) de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio a los cónyuges, o, b) de los deberes y obligaciones para con los hijos.
3.- Que la falta torne intolerable la vida en común.

A su vez y para que uno de os cónyuges pueda demandar la declaración judicial de divorcio “sin culpa”, cuando se verifique un cese efectivo de a convivencia conyugal durante el transcurso de a lo menos tres años.

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